En el momento de escribir este post, somos ya 6.914.446.482 seres humanos en el planeta. En un número tan abrumadoramente alto, ¿cómo es posible que no perdamos nuestra individualidad? Muy sencillo: cuando nacemos, nos ponen un nombre “propio”. Dicho nombre, que configura nuestra identidad, debe ya reunir unas características particulares para inscribirse legalmente. En concreto, el artículo 54 de la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil dispone que:
1- No podrá consignarse más de un nombre compuesto, ni más de dos simples,
2- Quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, así como los diminutivos o variantes familiares y coloquiales que no hayan alcanzado sustantividad, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan en su conjunto a error en cuanto al sexo.
3- No puede imponerse al nacido nombre que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera … Seguir leyendo
En concreto, hoy me gustaría abordar el no tan manido pero igualmente molesto SPAM mediante mensajes a móviles de tipo SMS.
Seguro que, en alguna ocasión, hemos recibido mensajes publicitarios en nuestro teléfono móvil sin que, en ningún momento, los hayamos solicitado o hayamos dado nuestra autorización para recibirlos.
No sólo es un honor haber sido seleccionado por compañeros de profesión y especialidad sino el compartirlo igualmente con otras bitácoras de tanta calidad como las que también han resultado nominadas.
La semana pasada asistimos a un nuevo fenómeno de los que ya empiezan a ser habituales en la Red y que ha tenido de nuevo como protagonista a las Redes Sociales. Me refiero a la ya famosa fotografía de Gerard Piqué y la cantante Shakira que supuestamente confirmaba su rumoreada relación.
Más allá de la anécdota en sí y del consiguiente morbo “rosa”, hay que destacar tres particularidades que lo diferencian de otros casos similares de “famosos” en Internet:
1-Que haya sido publicado por el propio personaje objeto de la noticia (Gerard Piqué);
2-Que lo haya sido en su perfil en las redes sociales (más concretamente en Facebook y Twitter) y
3-Que en la foto aparecen otras personas no famosas (amigos) que se ven afectados por la publicación.
En lo referente a la publicación de datos y fotografías de otras personas en redes sociales, me remito … Seguir leyendo