Hablar de piratas en Internet no deja de ser irónico, habida cuenta de que, desgraciadamente, siguen existiendo los “de toda la vida” haciendo de las suyas por «los siete mares».
En cualquier caso, es un término tan extendido que nos referiremos a él para englobar a aquéllos usuarios de la Red que no sólo incumplen la Ley al acceder, copiar y compartir obras ajenas sin autorización, sino que cometen un delito contra la propiedad intelectual al hacerlo.
Terminábamos nuestro artículo anterior, refiriéndonos a los requisitos para copiar legalmente obras para uso privado sin el permiso de su autor. El último de dichos requisitos era el siguiente:
4- Que la copia se haga a partir de una obra a la que se haya “accedido legalmente”.
Este punto es bastante ambiguo y constituye el principal cambio que introdujo la Ley 23/2006, de 7 de julio, a esta regulación clásica de la copia privada (antes no existía dicho requisito). Debido a su novedad y ambigüedad, todavía debe interpretarse y definirse suficientemente, especialmente en el ámbito de Internet. ¿Es legal el acceso a una obra puesta a disposición como descarga o enlace directo en una página Web?
Pues dependerá de los derechos adquiridos por el titular de dicha página Web para poner o no a disposición del público dicha obra. Recordad que el derecho de copia que comentábamos en su día es sólo para uso privado, no uso colectivo o lucrativo.
Sólo en este último supuesto (ánimo de lucro), estaríamos ya ante la posible comisión, por parte del titular de la Web, de un eventual Delito contra la Propiedad Intelectual (popularmente conocido como “piratería informática”) dado que el artículo 270.1 del Código Penal dispone que:
“Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra (…) sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.”
Por tanto, es necesario el “ánimo de lucro” para que se catalogue cualquiera de estas acciones como delito. Un caso sería, por ejemplo, una Web que se nutriera de la publicidad aunque no cobrara, per sé, por el acceso a sus contenidos.
Éste, sin embargo, no es el caso de la mayor parte de usuarios de Internet al intercambiar archivos y enlaces sólo con finalidad lúdica, sin buscar un beneficio económico. Así, en las Redes P2P como Emule o BitTorrent efectivamente se vulnera la Ley al compartir obras sin autorización pero en ningún caso se está cometiendo un delito de piratería informática.
“¿Pero entonces, por qué nos sentimos piratas?” Pues muy sencillo, porque hemos sido objeto de un verdadero bombardeo de anuncios, advertencias “legales”, leyendas en el cine, etc. donde prácticamente se criminaliza la conducta de descargar o copiar contenidos digitales.
Este hecho y las recientes iniciativas gubernamentales contra el P2P son, en mi opinión, el “canto del cisne” de un modelo de negocio que está en vías de transformación radical con el fenómeno de Internet. La industria tradicional (productoras, discográficas, editoriales, etc.) está sufriendo una verdadera revolución y debe orientar sus esfuerzos en adaptarse a la nueva realidad más que intentar luchar contra ella.
Hay varios y destacados ejemplos de adaptación como el caso del éxito de iTunes, con música y vídeo para el iPod, o de Amazon, con libros electrónicos para el lector Kindle.
Sin duda, el fenómeno de “convulsión” actual es pasajero. En 10 años el mercado de contenidos cambiará radicalmente: esperemos que la Ley esté a la altura y sepa adaptarse también a ello.
¿Cómo creéis que será ese futuro? Si lo deseáis, dejad vuestros comentarios al respecto y quedamos en 10 años para releerlos.
Que pongan los cd´s musicales a 1 euro y veran como desaparece la «pirateria»
Hola,
Si intercambiar algo (música, video, etc) por internet es «piratería» y lo quieren prohibir… yo me pregunto;
¿Que pasaría si yo intercambio un CD o DVD original con mi vecino?
Quiero decir, si lo intercambio por internet es piratería, y ¿que sería si lo intercambio «en mano»?
Gracias
NO puedo llegar a comprender porque el intercambio de cultura es piratería, no se dan cuenta esta gentuza (artistas varios, no todos) que no todo el mundo puede pagar 20 € por un mísero cd, que sí, vale, es el trabajo de su «esfuerzo» pero que viven gracias a gente como nosotros, que escuchamos su música, hablamos de ellos y de vez en cuando compramos sus cd´s. Esta claro que yo antes de comprarme un cd, me lo descargo para ver si merece la pena, si es el caso me lo compro, y si no me gusta lo borro, simple y llanamente. Aquí tenemos un claro conflicto de intereses donde cada día que pasa los señores de la SGAE quieren más y más. No puedo llegar a comprender dos cosas:
La primera es como una institución de ámbito privado (SGAE), menea de una forma tan increíble al gobierno.
La segunda, como podemos tener como ministra de CULTURA a una persona que quiere bajar las velocidades de conexión a la red, cuando estamos a la cola en CEE en velocidades de conexión a internet (y al elevado precio de las mismas).
Es muy triste pero es así, ya que tanta transparencia quieren los señores de la SGAE, que hagan públicas sus cuentas y así de paso podemos ver que estos señores invierten en su bienestar social y a todos los organismos públicos que han comprado y coaccionado con nuestro dinero.
Sí es nuestro dinero; ayer me he comprado una tarjeta SD para mi cámara de fotos, para sacarle fotos a mi familia y tengo que pagar un CANON, ¿por qué? porque es material susceptible de piratería, INCREIBLE!!!!
Está claro que las nuevas tecnologías obligan a realizar cambios estructurales en los negocios. Ahora cada vez se venden menos discos, y son aún muchos los que se venden, porque si uno se quiere cargar un reproductor mp3 le es más fácil descargar la música ya en ese formato de internet que ripear el CD.
Otra transformación que he notado en el sistema es que internet ha creado más fans, los artistas, en realidad los verdaderos autores del éxito musical, ahora tienen muchos más adeptos en los conciertos, pese a la crisis. Lógicamente sale más caro pagar 50€ por un concierto que 25 por un disco, pero la gente no escatima en eso.
Por lo tanto los únicos que salen perdiendo en este negocio son las compañías discográficas, pero …
…¿que me pasó con los fabricantes de películas fotográficas, de pizarras de tiza, de papel higiénico elefante, de boinas, etc.?
Si no se actualizan, mueren. Lo mismo nos pasa a los trabajadores. Si no realizamos una formación continua, iremos siendo arrinconados en nuestra empresa y, cuando lo permita la ocasión, despedidos.
Es el duro tributo que tenemos que pagar por el progreso.
Pero de los cambios tampoco se van a librar nuestros políticos y creo que como sigan haciendo caso a los grandes grupos de presión (SGAE, Discográficas, etc.), no van a tardar en aparecer nuevas opciones políticas, más acordes con los tiempos y de gran tirón electoral ente la gran proporción de internautas.
El futuro? Pues que será ilegal descargar música en Internet a no ser de que sean páginas «legales» previo pago. En Alemania por ejemplo, ya el simple «compartir» es ilegal, y me ha costado una multa de 1200 euros haber bajado 2 temas de emule…me podía haber comprado el disco de oro! ç
Sony por ejemplo tiene gente contratada rastreando IPS y recibes directamente una carta de un bufete de abogados… tela!
Piratería llamaría a los que descargan temas y a cientos por dia y se dedican a grabarlos y venderlos, pero no alguien que de vez en cuando se baja algun tema para uso propio!
Tiene gracia: unos cuantos sectores económicos que se quedaron obsoletos hace ya más de diez años, en lugar de actualizarse y ser punta de lanza de la innovación, se han quedado parados y han sido los consumidores -y empresas ajenas a estos sectores- los que han tenido que actualizar la situación: desarrollo de software para intercambio de archivos, códecs, sites de descarga tipo megaupload, comunidades de intercambio y subtitulado, foros, etc. Y ellos ocupados en demandar a los que demandan servicios que no les ha dado la gana de dar, y que en su momento habríamos pagado si lo hubiesen planteado como un negocio de masas, con precios bajos pero altísimo consumo. Pero aún van a remolque. ¿Acaso puedo ver una serie en versión original con subtítulos en el momento de su estreno a buena calidad? Creo que de manera legal, no. Y cuando se pueda, dudo que lo haga por un tiempo: por no apoyar a auténticos vagos e incompetentes montados en un lobbie que por mal que lo hagan no se rompe.
Si me hago unas fotos en mi camara, las grabo en un CD y las quiero ver en mi televisor. ¿Por que tengo que pagar un canon por ello?. ¿Y lo peor por que pago 7? Pago un canon por la camara (1), otro por la tarjeta de memoria (2), otro por el CD (3) por el grabador de cd (4) por el ordenador (5) por el TV (6) y por el DVD (7). Ahora que la SGAE me explice que derechos de autor están cobrando estos.
Tampoco prestes un libro a nadie.
Estarías infringiendo la ley también ¿?
¿Y como es que las bibliotecas prestan los libros?
Habría que prohibir las bibliotecas, ya que también comparten…
Ante todo, gracias a todos por vuestros comentarios.
En relación a la consulta de Máximo, el Artículo 37 de la Ley de Propiedad Intelectual contempla este supuesto:
«1. Los titulares de los derechos de autor no podrán oponerse a las reproducciones de las obras, cuando aquéllas se realicen sin finalidad lucrativa por los museos, bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas o archivos de titularidad pública o integradas en instituciones de carácter cultural o científico y la reproducción se realice exclusivamente para fines de investigación o conservación.
2. Asimismo, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de derechos por los préstamos que realicen.
Los titulares de estos establecimientos remunerarán a los autores por los préstamos que realicen de sus obras en la cuantía que se determine mediante Real Decreto. La remuneración se hará efectiva a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.»
Un cordial saludo.
Hola,
Gracias Victor por la información sobre bibliotecas.
De todas formas, no podré prestar a ningún amigo, ningún disco ni pelicula ni libro, ni ellos a mi.
Nada de prestarse libros en los colegios ni institutos, etc.
Gracias
Yo no soy nungun entedido ni nada de eso.
Solo se que todo es a cobrar:
Por internet.
Por un disco duro.
Por una grabadora.
Por targetas de memoria.
Por cds, dvd.
Por impresoras.
Por la television.
Por la radio.
…..
en fin por todo.
en vez de ser mas asequibles las nuevas tecnologias.
ellos a vivir bien y los demas a trabajar y pagar …
Pero vamos a ver… todos copiábamos cassettes y nadie se sentía pirata. Todos grabábamos en VHS nuestras películas y nadie sentía que estaba matando al cine. Ahora todos bajamos música de internet (y películas, y series…) y tampoco estamos haciendo nada malo.
Y si casi todo el mundo lo hace y está aceptado socialmente… no es lógico que no sea un crimen?
Desde luego, si existiese una ley que criminalizase a la gran mayoría de la sociedad (y la sociedad no está de acuerdo con esa ley), es que la ley está mal.
Pero bueno, esto cambiará (yo no creo que se consiga prohibir jamás), ya que pasamos de que el micrófono lo tengan unos pocos a que ahora lo tenemos todos, y somos nosotros (cada uno) quienes elegimos a quién escuchar.
De acuerdo, no será criminalmente perseguible, pero es, y hay que decirlo alto y claro, un ilícito, y, por lo tanto, si descargo me quedo al riesgo de que el dueño de algún contenido me demande. Y si pierdo, y es fácil que pierda, pago.
Creo que los abogados deben decirlo todo, y no sólo una parte. Ocultar habilmente la verdad, o parte de lla, es lo que en Estados Unidos se llama «ill advice». y puede generar responsabilidad.
Estimado Tony,
Efectivamente, y tal y como comentamos en el artículo, «en las Redes P2P como Emule o BitTorrent efectivamente se vulnera la Ley al compartir obras sin autorización».
Pero conviene destacar que esa ilicitud, civil en todo caso, deriva principalmente del hecho de «compartir» las obras con terceros y no de simplemente «descargarlas».
Aunque es un tema controvertido a la luz de la última reforma del 2006, que exige «acceso legal» a la obra, lo cierto es que el hecho en sí de la descarga estaría cubierto por el límite de la copia privada ya comentado en nuestro artículo anterior y, por tanto, ser, en sí mismo, legal.
En cualquier caso, por supuesto, deberán ser los jueces y tribunales los que se vayan pronunciando al respecto pero, eso sí, y es verdadero tema del presente artículo, por vía civil y en ningún caso por penal si no existe ánimo de lucro.
Un cordial saludo.
Tony, si es así como dices, ¿por qué aquí:
http://www.elperiodicodearagon.com/noticias/noticia.asp?pkid=235349
nadie denunció? ¿Por qué no se multó a nadie?
Y dices: «Y si pierdo, y es fácil que pierda, pago».
¿Me puedes indicar algún caso en el que haya perdido alguien por descargar contenido?
Mi opinión va a ser más bien breve: si te van a cobrar igualmente el canon, ¿por qué debe seguir siendo ilícito, si ya te hacen pagar por adelantado algo que no necesariamente vas a hacer?
En otras palabras, te cobran el canon, porque se supone que vas a grabar en los soportes afectados material con copyright, y en el peor de los casos, si te cogen con las manos en la masa, pagas multa… Es decir, pagas dos veces: canon y multa… Eso sí, «paga el canon religiosamente antes, por si no te pillamos».
A mi nunca me cobraron por tener mi radiocasete con doble pletina, donde opiaba cintas de casete. No creo que deban cobrar como lo hacen y si eberian estudiar nuevas normas de mercado, que los tiempos cambian.
Hola a todos. Pienso lo mismo que la mayoría. Añado, que en mi caso los contenidos descargados, son de películas o música que ya no se edita. Si quieren que aumentemos nuestra cultura audiovisual, que la comercialicen. Siempre he escogido bastante bien mi música, porque me informaba mucho, pero existen compañeros a raudales, que se compraban un disco, que lo único que valía era poco más que la primera canción. Nos han timado durante muchos años, artistas y discográficas, con contenidos, más que mediocres. Abogo por el pago por canción. Gracias a internet,la radio online y las redes P2P, sé mejor lo que me debo comprar, para no malgastar mi dinero. Porque además si escuchas las cadenas de radio clásicas, vas listo. No te enteras más que de los pocos, que pagan para que pongan su canción en las ondas. Habiendo grandes artistas y contenidos olvidados.Siempre he compartido mis contenidos y me nutro de otros. Sería legal,poner mi radio alta en la playa, como se ha hecho siempre, y que la escuchasen los próximos a mi. Lo de la SGAE, parece otra fábrica de impuestos. Si esto empeora, me conformo, que nos dejen como antes, grabar o descargar con la calidad de la radio,(creo que anda por los 60 S/Ruído o unos 90Kbps) y el que quiera más y mejor, la compra, pero sin recargos de material intrasferible digital o informáticamente. No se molesten,si no les gusta, sé que no es ninguna idea brillante, ahora mismo no se me ocurre nada mejor, para salir del mal paso que estamos viviendo.
si los ponen mas baratos desapareceria la pirteria seguro que si.