La Voz de Galicia
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La directora de la DGT, María Seguí, ha dicho en RNE que a Tráfico no le consta que además del Audi de Benzema los radares de la Guardia Civil de Tráfico hubiesen captado un Porsche a 260 por hora cuyo conductor no pudo ser identificado. En ese caso el Real Madrid no habría incurrido en ninguna infracción, como se había informado en un primer momento. Esta es lo que dijo María Seguí: «Como directora general de Tráfico, de lo que no tengo ninguna constancia es de que haya un segundo vehículo simultáneo. Sí de que hay otros vehículos que fueron detectados en ese control a una velocidad superior al límite, ya que era un control momentáneo que la Agrupación de Tráfico había implementado; pero no de que haya un segundo vehículo que estuviese en relación con el primero».

De cualquier modo, el asunto sirve para debatir sobre las consecuencias que tiene el propietario de un coche que no identifica al conductor del vehículo que comete una infracción de tráfico.

Ante las dudas surgidas sobre el caso Benzema, vamos a formular la pregunta dejando al Real Madrid al margen hasta que todo se aclare: ¿Puede el propietario de un coche dejar sin identificar al conductor de un coche sorprendido por un radar a más velocidad de la permitida cuando la DGT se lo requiere? Sí que puede, aunque cometiendo una infracción muy grave sancionada con 1.500 euros.

Identificar al conductor responsable de una infracción es una obligación recogida en la Ley de Seguridad Vial, que afecta a los propietarios de los vehículos y a las empresas de alquiler, y que además está considerada una infracción muy grave. Sin embargo,  incumplir esa norma solo tiene un coste económico, que en este caso es de 1.500 euros, ya que es el triple de la sanción genérica fijada para las infracciones muy graves (500 euros).

Asumiendo esa multa, el propietario de un vehículo infractor cuyo conductor no haya sido identificado libera de responsabilidad a quien manejaba el coche. Con esa maniobra el verdadero infractor queda impune y sin responsabilidad. Esto ocurre en el ámbito administrativo, es decir cuando la infracción está castigada con una multa y con pérdida de puntos. Como aclaran varios participantes en este blog, si la infracción fuese penal, como sería el caso de un coche circulando a 260 por hora, los investigadores deben poner el caso en conocimiento de un juez para intentar localizar al conductor responsable para juzgarlo por un delito que está castigado con una pena de entre 3 y 6 meses de cárcel, o una multa, o la realización de trabajos en beneficio de la comunidad. En cualquiera de los tres casos se le retiraría el carné al conductor por un espacio de tiempo de entre 1 y 4 años, aunque esa suspensión se reduce si el infractor admite la culpa y hay conformidad.

En el caso de Benzema, un portavoz de la DGT informó a Efe de que el jugador no llegó a ser parado en ese momento por lo que los agentes comunicaron los datos de la matrícula a la DGT. El coche es propiedad de Audi, que notificó que era Benzema quien conducía el coche denunciado. El futbolista será juzgado en Pozuelo de Alarcón (Madrid) en un juicio rápido en los próximos días.