1.000 euros y 6 puntos. La reforma de la Ley de Tráfico que entrará en vigor un mes después de su publicación en el BOE incluye una importante novedad, como es que la sola presencia de drogas en el organismo supondrá una multa de 1.000 euros y la pérdida de 6 puntos del carné. La reforma castiga por vía administrativa el consumo de drogas entre los conductores, mientras que deja para la vía penal conducir bajo la influencia de sustancias estupefacientes. Esta novedad ha causado polémica porque consumidores habituales de cocaína temen dar positivo aunque hayan ingerido la sustancia horas antes, e incluso días, de ponerse al volante. Así lo exponen varios internautas en el blog Por Puntos. Sust23 pide que «los test sean fiables y detecten realmente si vas bajo los efectos de lo que sea, no sí lo consumiste hace poco y aunque estes bien dé positivo. Esta norma es una injusticia flagrante». Juanjo dice que las drogas «se van acumulando en el tejido adiposo (grasa corporal), con lo cual a la hora de eliminar del todo dichas sustancias es un proceso bastante más largo que el que ocurre con las drogas duras. No vas bajo los efectos de los porros, pero estás dando positivo por una fumada que te pegaste en un cumpleaños de hace…15 días». Sergio replica: «Yo soy fumador después de mi trabajo, y no entiendo cómo me pueden sancionar por dar positivo cuando no estas colocado». Y Manuel relata esto: «Consumí cocaina el 27 de diciembre, y el 8 de enero di positivo en un control en mi trabajo».
Drogas, ni probarlas si eres conductor
por José Manuel Pan | Mar 24, 2014 | Seguridad vial | 1 Comentario
El protocolo utilizado es totalmente ineficaz para la acreditación de la influencia típica, para ello es necesario distinguir entre diferentes niveles de concentración para las sustancias de mayor prevalencia y establecer y asociar a cada una de ellas un correlativo nivel de riesgo fundamentador del ejercicio de la acción penal. Todo es mentira mentira y afán recaudatorio