La Voz de Galicia
Sobre lo ambientalmente correcto, lo sostenible e insostenible y otras inquietudes acerca del estado del planeta Tierra
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A punto de terminar el pasado mes de julio aparecía publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados. Será una de las últimas leyes básicas del Estado que se aprueben en la presente legislatura, a punto de concluir. Y, como es natural, una ley ambiental tan relevante no podía pasar inadvertida en este blog.

Se trata de la quinta Ley de residuos de nuestra historia –que tiene como primer eslabón la preconstitucional Ley 19/1975 de Desechos y Residuos Sólidos Urbanos y viene a sustituir a la (hasta hace un mes vigente) Ley 10/1998– que, realidad, no hace otra cosa que transponer (incorporar) a nuestro Derecho interno con más de siete meses de tardanza la comunitaria Directiva Marco de Residuos de 2008. Como explica el Preámbulo de la nueva Ley, en el contexto europeo la producción de residuos está “en continuo aumento” (a más desarrollo económico, más residuos), por lo se podría formular la siguiente ecuación: “díme cuántos residuos tienes y te diré cuál es el nivel de tu riqueza”. Pues bien, la nueva Directiva y con ella la flamante Ley de Residuos española, pretenden ir en la dirección contraria. La idea fundamental de la nueva orientación en la política de los residuos es que cada vez haya menos residuos que gestionar: es decir, la mejor política de residuos es que no se produzcan residuos.

¿Cómo lograr este milagro? Pues principalmente a través de las medidas de prevención de los residuos: prevención de su generación y mejora de la eficiencia en el uso de los recursos. Muchas de las cosas que iban antes al cubo de la basura pues ahora no se consideran residuos sino “subproductos” (cfr. art. 4º de la Ley); y en la “jerarquía de los residuos” –tal y como se recoge en el art. 8º- la últimísima opción es su “eliminación”, debiendo priorizarse otras soluciones más ambientales como -por este orden-: la prevención, la reutilización, el reciclado y la valorización (incluso la energética). Esto último no ha gustado a los ecologistas que querían eliminar la tan denostada incineración.

Aparte de otras muchas cuestiones técnicas de la Ley –que pueden consultarse en el trabajo de uno de los mejores expertos en la materia, mi buen amigo ALENZA GARCÍA (ourensano de origen)-, especialmente tres han sido destacadas por muchos comentaristas: la puesta en marcha –a partir de 2013- de programas de prevención de los residuos con medidas encaminadas a la reducción del peso de los residuos producidos en 2020 en un 10% respecto a los generados en 2010 (pued verse el interesante Anexo IV de la Ley con ejemplos de estas medidas); el plan de sustitución de las bolsas de un solo uso hasta su desaparición en 2018 (salvo las que se usen para alimentos perecederos) (cfr. Disposición Adicional 2ª); y, la opcional vuelta al antiguo sistema de retorno de envases, llamado “Sistema de Depósito, Devolución y Retorno” (SDDR) (cfr. art. 21), es decir, la posibilidad de que el consumidor pueda devolver el envase vacio en el punto de compra recuperando una pequeña fianza. Confieso que gracias este tradicional pero eficiente sistema pude embolsarme durante mi infancia unos cuantos duros.

Muchas cosas más podríamos comentar pero ahora sólo quiero terminar con una reflexión que me sugirió la lectura en la Voz de Galicia de la entrevista a Luis LAMAS NOVO, joven Presidente de SOGAMA, quien además de quejarse por la insoportable deuda de los Muncipios que arrastra esta entidad, ponía de relieve la deficiente separación en origen de residuos (la gran cantidad de “impropios” o residuos que no deben depositarse en el contenedor amarillo) en Galicia. Soy de los que piensa que una buena política de residuos debe pasar necesariamente por una vigorosa sensibilización de la opinión pública que parte de una ineludible formación y educación ambiental desde las edades más tempranas. Sé que esta línea estratégica está presente en el recientemente aprobado Plan de Xestión de Residuos Urbanos de Galicia 2010-2020, pero no debe olvidarse aplicar tan  importante inversión humana que, a mi juicio, precede incluso a la de las mismas infraestructuras de gestión de residuos.