Acabo de volver de Puerto Rico donde he participado en el Congreso de Internacional de Derecho Administrativo organizado por Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo (FIDA). En la caribeña ciudad de San Juan de Puerto Rico, capital de este Estado Libre Asociado a los Estados Unidos de América, hemos concurrido profesores de Derecho Público de más de veinte países de Iberoamérica.
Entre los núcleos temáticos del Congreso estaba el relativo a las “políticas ambientales y energéticas” en Latinoamérica. En este apartado he presentado una ponencia relativa a la respuesta del Derecho Ambiental frente a la conflictividad social existente en esta Región ante las explotaciones mineras. “Piquiá de Baxio” en Brasil, “San José del Progeso” y “Magdalena de Teitipac” en México, “Parque Nacional Yasuni” en Ecuador, “Comunidad Nueva Esperanza” en Honduras, “Lote petrolero nº 116” en la amazonia del Perú, son algunos de los casos de una extensa lista de conflictos sociales originados por actividades extractivas en las que, por lo general, son afectados pueblos indígenas.
De la alta conflictividad ambiental en latinoamérica informan diversos organismos como el “Observatorio de Conflictos Mineros en América Latina” (OCMAL), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Departamento de Justicia y Solidaridad del Consejo Episcopal Latinoamericano, o el Proyecto internacional “Environmental Justice Organisations, Liabilites and Trade” (EJOLT). En el último informe de 2015 de la EJOLT, de los 346 conflictos ambientales existentes en todo el mundo –los relacionados con las actividades mineras- 222 casos se situan en la Región Latinoamericana (casi el 65%). Este problema se ha venido denominando “la maldición de los recursos” en virtud de la cual se produce la paradoja consistente en que el crecimiento de los países fuertemente dependendientes de la comercialización de sus materias primas –como el el caso de los países iberoamericanos- no está en consonancia con el potencial de sus recursos naturales.
Consciente de la importancia de este problema ha tomado cartas en el asunto la “Comisión Económica para América Latina y el Caribe” (CEPAL) que, en enero de este año 2015, organizó la celebración en Santiago de Chile de una Mesa de Alto Nivel “Hacia una visión de la gobernanza de los recursos naturales para la igualdad en América Latina y el Caribe”. Con motivo de dicha reunión la Secretaria Ejecutiva del CEPAL, Alicia BÁRCENA, tras destacar la extraordinaria riqueza de los recursos naturales que alberga América Latina, destacó la necesidad de “poner en el centro de la agenda de políticas públicas” de Hispanoamérica “la gobernanza de los recursos naturales (…) para lograr un desarrollo sostenible e inclusivo”, “superar el paradigma extractivista” para lo cual se requiere que los países de la región construyan “los pactos y consensos políticos necesarios para que los Estados puedan captar y canalizar eficientemente la inversión de las rentas de sus recursos hacia el logro de sus metas de desarrollo sostenible e inclusivo”.
Tuve la oportunidad de conversar en el Congreso de Puerto Rico con mis colegas de varios de los países más afectados (como Perú, Ecuador o Brasil) por la referida “maldición de los recursos”. Como siempre, las cosas se ven de diferente manera desde dentro de los respectivos países pero de lo que no cabe la menor duda de que es urgente promover soluciones ya que, en algunos de los conflictos, se producen muertes de personas y graves injusticias con poblaciones pobres. Ciertamente asuntos tan mediáticos como “Caso Chevrón” en Ecuador, han propiciado la reacción de las empresas mineras promoviendo buenos códigos de conducta como el llamado “Estandar” de la “Extractive Industries Transparency Initiative” (EITI) (publicada a principios de este año 2015) o la “Good Practice Guide: Indigenous Peoples and Mining” promovida por el “International Council on Mining & Metals” (cuya segunda edición es de este año 2015).
Sin restar importancia a este tipo de iniciativas –que los juristas denominamos “soft law”- en mi ponencia defendí la aplicación efectiva de los instrumentos jurídicos ya vigentes como el “Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo” (OIT), aprobado en 1989, relativo a los “pueblos indígenas y tribales en países independientes” donde se consagra entre otros derechos el derecho de estos pueblos al consentimiento libre, previo e informado de los proyectos mineros que afectan al territorio en el que viven. Derecho que luego fue reconocido por la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas” de 2007. También, con relación a las poderosas empresas mineras extranjeras que suelen operar en los países de Iberoamérica, sus Estados de origen deberían de perseguir, en su caso, la responsabilidad ambiental de dichas empresas cuando no lo hacen en los países donde desarrollan su actividad.
Con mis colegas latinos hablamos de la importancia de aplicar de forma efectiva las normas e instrumentos de Derecho Ambiental que existen en casi todos los países: evaluación de impacto ambiental, autorizaciones ambientales, planificación territorial, responsabilidad, etc. Porque el problema no estriba, por lo general, en la falta de normativa sino en su escasa o nula ejecución. Y, en cuanto a la impugnación por parte de los afectados ante los Tribunales Judiciales, no siempre se facilita o resulta expedito el acceso a la justicia por falta de medios económicos suficientes.
En todo caso, en mi intervención enfatizé acerca de la importancia de los medios preventivos (como el relativo a la evaluación del impacto ambiental) y de lo que, a mi juicio, es lo más prioritario como es el acceso a la información y de la participación de los afectados por las actividades mineras a los procedimientos desarrollados con motivo de su proyecto, puesta en marcha y ejecución. Estoy convencido que si se promoviera la transparencia pública y la participación social –que se manifiesta en la estrategia del “bottom-up” (de “abajo arriba”)- se solucionarían (o, al menos, se minimizarían) muchos de los problemas ocasionados en buena parte de los proyectos extractivos. A fin de cuentas son los seres humanos, habitualmente los más pobres y desposeídos, los que más sufren las desastrosas consecuencias del “paradigma tecnocrático dominante” (en palabras del Papa Francisco en su Encíclica “Laudato Si”).
Soy Profesor Catedrático de Derecho Ambiental en la Universidad Catolica de Uruguay y de Ordenamiento Terrritorial en otras, y quiero felicitarle por el blog.
Tengo a mi vez también un Blog sosecosfera.blogspot.com.
Cordiales saludos,
Dr. Ricardo Gorosito Zuluaga
Muy estimado Dr. Gorosito: mis felicitaciones por su muy interesante blog ambiental. Confío en que algún día tengamos la oportunidad de conocernos personalmente.
Reciba un muy cordial saludo.