Una semana más se ha aprobado en el Consejo de Ministros otro paquete de medidas contra la crisis (¡es que no paramos!) y esta vez le ha tocado al medio ambiente. En efecto, ayer se publicó en el nº 108 del Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 17/2012 de medidas urgentes en materia de medio ambiente. En virtud de esta norma extraordinaria (por su urgencia, claro) se acomete la reforma parcial de varias Leyes básicas ambientales como el texto refundido de la Ley de Aguas, de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.
Apenas se ha publicado el referido Real Decreto-Ley poco tiempo le ha hecho falta a la entente ecologista (Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF) para tildar esta media como un “atentado del Gobierno a la protección medio medio ambiente”. Principalmente por burlar los mecanismos de participación pública que están establecidos en esta materia y de forma específica en cada una de la materias que toca (en particular, por ejemplo, por cerrar la puerta al sistema de «Depósito, Devolución y Retorno» contemplado en la Ley de Residuos que incentivaba a las ciudadanos a deolver –como antaño- los envases vacíos de determinadas medidas).
Independientemente del detalle de cada uno de los puntos de la reforma -que en algún caso pueden tener razón de ser en el momento actual-. me interesa aquí y ahora destacar la justificación que se recoge en el jugoso Preámbulo del repetido Real Decreto-Ley. Y transcribo algunos párrafos de su texto:
“El derecho constitucional a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, obliga a que los poderes públicos establezcan mecanismos eficaces para protegerlo y conservarlo (…) Para ello, la legislación ambiental debe ser clara y otorgar seguridad jurídica”. Parece perfectamente lógico y razonable. Y sigue diciendo el Preámbulo: “En una situación como la actual, en la que se están encarando profundas reformas estructurales que permitan la reactivación de nuestra economía y la generación de empleo, resulta indispensable la reforma urgente de ciertos aspectos de nuestra legislación ambiental que contribuyan a lograr ese objetivo, sin merma del principio de protección. La reforma que acomete el presente real decreto-ley se orienta a la simplificación administrativa, eliminando aquellos mecanismos de intervención que por su propia complejidad resultan ineficaces, y lo que es más grave, imponen demoras difíciles de soportar para los ciudadanos y dificultades de gestión para las Administraciones públicas”. ¡Viva la eficacia y la eliminación de trabas y demoras en pro de la reactivación económica y el empleo!
Continúa el Preámbulo: “La simplificación y agilización administrativa de las normas ambientales que se promueve, además de ser necesaria en sí misma, resulta un medio idóneo para acompañar a las reformas, que con carácter urgente, el Gobierno ha puesto en marcha. Esta reforma parte del presupuesto de que la eficacia de las normas ambientales no puede identificarse con la yuxtaposición de planes, programas, autorizaciones, permisos y otras medidas de difícil aplicación real y práctica. Antes al contrario, una protección eficaz está reñida con el exceso retórico y normativo que lleva a la atrofia; y exige el establecimiento de reglas claras y sencillas que protejan el medio ambiente y fomenten un desarrollo compatible e integrado en él”. De nuevo la simplificación y agilización administrativas y la claridad y sencillez normativas, como extraidos del mejor código de técnica legislativa. Y, por fin, el repetido preámbulo nos regala una perlita: “En suma, la legislación ambiental también debe ser sostenible”. ¡Pues claro!
Debo de reconocer que, como Profesor de Derecho Ambiental, nuestra legislación ambiental es manifiestamente mejorable: tenemos muchas más normas de las que somos capaces de aplicar (bien es verdad que, la mayor parte, por exigencia de estar en la Unión Europea), que en ocasiones no es fácil identificar las normas vigentes, que presentan muchas dudas interpretativas para su concreto cumplimiento, … y que cada vez existe menos voluntad política para aplicarla (la crisis económica como excusa para relajar ese “exceso retórico y normativo” de nuestra legislación ambiental). Por consiguiente, tenemos mucho que trabajar para perfeccionar nuestro Derecho Ambiental, para simplificarlo, para agilizarlo, para aclararlo, para codificarlo, para sistematizarlo, y todo ello “sin merma del principio de protección”.
Mucho me temo que esta “revolución pendiente” no se puede operar por Real Decreto-Ley. Pero, no dudo que esta reforma ha de acometerse con rigor y profundidad, y, por supuesto, sin privarla de un necesario debate participativo.