Se hizo público en el pasado mes de marzo un interesante informe del Institute European Environmental Policy (IEEP) titulado “The potential policy and environmental consequences for the UK of a departure form the European Union”. A menos de una semana del referéndum que tendrá lugar el próximo jueves 23 de junio en el Reino Unido -donde los ciudadanos británicos decidirán sobre la salida (“Brexit”) o permanencia (“Bremain”) en la Unión Europea-, es interesante conocer las posibles consecuencias que para la protección del medio ambiente tendría, según el citado informe, para dicho país el abandonar el mundo comunitario.
El estudio del IEEP prevé dos posibles escenarios en caso de que prospere el “Brexit”: un primer escenario en el que el Reino Unido no abandone plenamente la Unión Europea y se mantenga, aunque limitadamente, en el “espacio económico europeo” (EEE) y un segundo escenario en el que la salida de la Unión Europea sea total. Y para este estudio se distinguen los potenciales efectos de uno y otro escenario sobre los niveles de calidad ambiental (control de la contaminación, residuos y productos químicos), sobre la protección de la naturaleza (protección de espacios naturales terrestres y marinos, y protección de las aves), sobre la política climática y la energía, y sobre las políticas agrícola y pesquera.
Si se parte de la base que el Reino Unido ha sido uno de los países más influyentes de la Unión Europea en la conformación y desarrollo de la política ambiental comunitaria, una de las principales conclusiones del estudio es que la retirada del país británico de la Unión podría generar algunas incertidumbres en el impulso de futuras medidas de protección ambiental. No podemos olvidar que el seno del Reino Unido se han elaborado valiosos trabajos de gran influencia sobre la política ambiental internacional como es el caso del “Informe STERN” –publicado en 2006- sobre “la economía del cambio climático” sobre el impacto del cambio climático en la economía mundial y sobre la necesidad de invertir el equivalente al 1% del PIB mundial para mitigar los efectos del cambio climático. De otra parte, también hay que subrayar la gran calidad intelectual de los expertos británicos en Derecho Ambiental, como es el caso del Profesor de la Universidad de Cambridge, Philippe SANDS, autor de la influente obra “Principles of International Environmental Law”.
Ahora bien, las conclusiones que vierte el estudio del IEEP sobre cada una de las políticas son bastante negativas para el mantenimiento de los niveles de calidad de una política ambiental británica en el escenario de un “Brexit” intenso. Es previsible que la salida de la Unión Europea y la anunciada crisis económica derivada de tal decisión lleve al Gobierno conservador a relajar los estándares ambientales, sin tener la presión del cumplimiento del “acervo ambiental” comunitario y en una batalla de ventajas competitivas. Y, lo mismo en los sectores de la protección de la biodiversidad, conservación del medio ambiente marino, así como en las políticas agrícola y pesquera. “En conclusión –afirma el Informe- es probable que una potencial salida del Reino Unido de la UE supondría situar el ambiente británico en una posición más vulnerable e incierta que si permaneciera como miembro de la UE”. Muy importantes riesgos para la política ambiental del Reino Unido que pueden echar por tierra cuatro décadas de legislación británica proteccionista sobre la salud y el medio ambiente de los británicos.
Desde luego que la más importante ONG ambientalista británica –la “Royal Society for the Protection of Birds” (RSPB)- que reúne a más de un millón de afiliados y que ha colaborado en la elaboración del repetido informe, tiene motivos para mostrar su preocupación ante una salida de su país de Unión Europea y, por consiguiente, del marco jurídico de las proteccionistas Directivas de conservación de los “Habitats” (Directiva 92/43/CEE) y de defensa de las “Aves” (Directiva 2009/147/CE).
Me viene ahora a la memoria la intervención que tuvo mi buen amigo el Profesor Agustín GARCÍA URETA (uno de los mejores conocedores del derecho ambiental británico) en nuestra pasada reunión del mes de marzo en el Observatorio de Políticas Ambientales, con una muy dura crítica a como estaba evolucionando la política ambiental del actual Gobierno conservador del Primer Ministro David CAMERON.
Ocurra lo que ocurra el próximo día 23 de junio con el referéndum para el “in” o el “out” del Reino Unido de la Unión Europea, tengo para mi que la circunstancia de pertenecer de pleno derecho a la Unión Europea conlleva para todos los Estados Miembros su muy benéfico sometimiento a un exigente ordenamiento jurídico ambiental comunitario -que tiene por objetivo “alcanzar un nivel de protección elevado” (art. 191, 2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)- y, en caso de incumplimiento, al ágil control -y, en su caso, sanción- por parte de las Instituciones Comunitarias. Y así, por ejemplo, tengo muy claro que, en el caso de España –pese a sus frecuentes incumplimientos-, lo mejor de la protección de nuestro medio ambiente se debe a nuestra pertenencia a la Unión Europea y a nuestra aproximación a su impresionante acervo ambiental. Pobres de nosotros si estuviéramos fuera de tan sólido, aunque mejorable, marco de protección.