Se acaba de hacer público el esperado quinto informe de Evaluación del Panel Intergubernamental del Cambio Climático (IPCC) –Climate Change, 2013. The Physical Science Basis– cuyo titular informativo prinicipal es que se ha elevado al 95% la certeza de atrubuir a la mano del hombre el calentamiento global producido desde mediados del siglo pasado. Aunque no es ahora mi propósito comentar las conclusiones de este informe, deseo subrayar –aunque no es nueva- una de las recomendaciones que ofrece es que «los subsidios a los combustibles fósiles se destinen a energías limpias, que se prohiban el desarrollo de combustibles fósiles nuevos y se fomente el desarrollo de renovables y de soluciones innovadoras para la usar la energía de modo más eficiente«.
Asistí el pasado jueves a un seminario organizado por el Ayuntamiento de A Coruña -dentro de las actividades desarrolladas por la Red de Energía Sostenible de A Coruña– titulada “Hacia una economía verde”, donde además de exponer diversas iniciativas locales sobre energía sostenible, estaba prevista la intervención de Javier GARCÍA BREVA, Presidente de la Fundación Renovables sobre el título del seminario. Previamente algunos de los responsables municipales del área de medio ambiente del Ayuntamiento coruñés dieron a conocer un proyecto presentado a una convocatoria europea (CITINZEB: cities towards nearly zero energy buildings) con el objetivo de promover la rehabilitación de edificios antiguos de la ciudad para mejorar su eficiencia energética.
Justamente la conferencia del Presidente de la citada Fundación versó sobre sobre el cambio del modelo energético que es preciso promover como solución para la salida de la crisis y, en particular, con relación a las recientes medidas que, a nivel comunitario y nacional, se han aprobado recientemente sobre la mejora de la eficiencia energética de los edificios, al que me quiero referir hoy. En efecto, es ya sabido que entre las medidas del “Paquete 20-20-20 de la Unión Europea sobre “Energía y Cambio Climático” se fijaron dos objetivos obligatorios para los 27 países miembros: la reducción del 20 % de las emisiones de gases de efecto invernadero y la elevación de la contribución de las energías renovables al 20 % del consumo, junto a un objetivo indicativo, de mejorar la eficiencia energética en un 20 %. Para lograr este último objetivo, se aprobaron las Directivas 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de edificios y 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética (en la que se reconoce que los edificios representan el 40% del consumo de energía final de la Unión Europea).
La Ley 8/2013, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, de 26 de junio, viene a transponer a nuestro ordenamiento español la citada Directiva 2012/27/UE, teniendo por objeto “regular las condiciones básicas que garanticen un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conduzcan a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”. En un país como el nuestro, con casi 725.000 viviendas nuevas vacías, donde, en lo que va de siglo XXI, hemos construido más de seis millones de viviendas (acabando con el estallido de la burbuja inmobiliaria en 2008) es muy dificil que el sector inmobiliario y de la construcción puedan contribuir al crecimiento de la economía española por lo que se refiere a la construcción de vivienda nueva.
Entre las medidas más importantes contempladas por la Ley 8/2013 se encuentra el “Informe de evaluación de los edificios” que tendrán que solicitar obligatoriamante los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial del vivienda colectiva (y si no lo hacen –el el plazo previsto para ello- se considerará una infracción urbanistica). Dicho informe evaluará entre otras circunstancias la “certificación de la eficiencia energética del edificio”. Y, lógicamente, a resultas de las referidas certificaciones se podrá exigir a los propietarios de los edificios la realización de las obras y reformas correspondientes para la mejora energética de las edificaciones. Por lo pronto, la Ley prevé, en su Disposición Transitoria 1ª, la obligación de contar –en el plazo de 5 años- con el repetido Informe de Evaluación, a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva con una antigüedad superior a 50 años (desde la entrada en vigor de la Ley). Según consta en el Preámbulo de la misma Ley, en España el 21% del parque inmobiliario cuanta con más de 50 años (es decir, unas 5,226.000 viviendas).
Igualmente, para ir haciendo posible la rehabilitación energética de las viviendas, el Real Decreto 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios, y de otra parte, en el marco del Código Técnico de la Edificación, acaba de aprobarse en este mes de septiembre, el Documento Básico “HE” (ahorro de energía) con las exigencias básicas de ahorro de energía de los edificios.
Por encima del contenido detallado y de los aspectos técnicos de las normas referidas, me parece que nos encontramos ante un grupo normativo de particular importancia para la deseada implantación del desarrollo sostenible en el sector de la vivienda (cuyas emisiones representan dos tercios de las emisiones de los sectores difusos). Y, al mismo tiempo, pienso que se abre una prometedora vía para dar a trabajo a decenas de miles de magníficos profesionales (¿quién no conoce varios entre parientes y amigos?) que han trabajado antes de la crisis en el sector de la construcción y que ahora deberán orientar sus capacidades hacia este prometedor sector de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Soy consciente de este camino no es sencillo, que está plagado de incertidumbres, que depende de la disponibilidad de ayudas financieras, etc. En todo caso, no me cabe la menor duda de que el camino está abierto.
Buenas tardes;
magnífico resumen.
Un saludo,
Roberto Pardo.
Nos falta conciencia medioambiental. Es una pena que en España, la mayoría de viviendas construidas en los últimos 10 años, no pasan de una certificación energética F. Una triste realidad.
A nivel de consumo eléctrico más eficiente, algo tan sencillo como sustituir las bombillas de casa, tanto las más antiguas de filamento como las posteriores, denominadas de bajo consumo, por las actuales tipo «led», puede suponer un importante ahorro económico e incremento de la eficiencia energética de nuestro hogar o empresa, sin perder calidad de iluminación.