{"id":1622,"date":"2011-09-22T08:05:11","date_gmt":"2011-09-22T06:05:11","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/?p=1622"},"modified":"2011-09-22T00:10:56","modified_gmt":"2011-09-21T22:10:56","slug":"hacia-la-justicia-electronica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/2011\/09\/22\/hacia-la-justicia-electronica\/","title":{"rendered":"Hacia la Justicia Electr\u00f3nica"},"content":{"rendered":"<p>Estos \u00faltimos meses<strong> han sido muy intensos<\/strong>, plagados de retos y oportunidades para dar a conocer e impulsar esta rara especialidad nuestra que es el Derecho de las Nuevas Tecnolog\u00edas.<\/p>\n<p>En este art\u00edculo <strong>quiero destacar especialmente dos proyectos<\/strong> en los que hemos tenido el privilegio de colaborar y ambos <strong>relacionados con la nueva Justicia Electr\u00f3nica<\/strong>:<\/p>\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Expediente judicial electr\u00f3nico en la Audiencia Nacional\" width=\"1080\" height=\"608\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/zsO_IAyZ1hQ?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture\" allowfullscreen><\/iframe>\n<p><strong>El primero<\/strong> de ellos, en el que hemos depositado gran ilusi\u00f3n, es poner nuestro granito de arena en la <strong>difusi\u00f3n de la nueva realidad digital y de las buenas pr\u00e1cticas en prueba electr\u00f3nica en el \u00e1mbito judicial<\/strong>. Este honor debo agradec\u00e9rselo muy especialmente al <a href=\"http:\/\/www.cpetig.org\/\" target=\"_blank\">Colexio Profesional de Enxenieiros T\u00e9cnicos en Inform\u00e1tica de Galicia<\/a> (CPETIG) y a la <a href=\"http:\/\/imit.xunta.es\/portal\/\" target=\"_blank\">Xunta de Galicia<\/a>, cuya organizaci\u00f3n y patrocinio ha hecho posible que un viejo sue\u00f1o se haya convertido en realidad: me refiero a los, <a href=\"..\/2011\/08\/18\/seminarios-de-informatica-judicial-peritaje-tecnico-y-prueba-electronica-2\/\" target=\"_blank\">ya comentados<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.cpetig.org\/blog\/?p=1244\" target=\"_blank\">Seminarios de inform\u00e1tica judicial, peritaje t\u00e9cnico y prueba electr\u00f3nica<\/a> que este mes completan su andadura por toda la geograf\u00eda gallega <strong>con muy buena acogida<\/strong> entre los miembros de la carrera judicial.<\/p>\n<p>En un <a href=\"http:\/\/www.lavozdegalicia.es\/lugo\/2011\/09\/16\/0003_201109L16C5995.htm\" target=\"_blank\">reciente art\u00edculo de La Voz de Galicia<\/a> (cuya lectura recomiendo), escrito con ocasi\u00f3n del Seminario de Lugo, Luc\u00eda Rey resum\u00eda perfectamente el objetivo principal del mismo: <em>\u201cExplicar y familiarizar a profesionales de la justicia con la nueva realidad tecnol\u00f3gica y con c\u00f3mo enfrentarse a ella en los procedimientos judiciales\u201d<\/em>. Se puede decir m\u00e1s alto, pero no m\u00e1s claro.<\/p>\n<p>Y es que, desgraciadamente, <strong>uno de los tres poderes del Estado ha quedado escandalosamente a la cola en la asimilaci\u00f3n de las nuevas tecnolog\u00edas en su funcionamiento ordinario<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>La imagen m\u00e1s patente de ello<\/strong>,\u00a0 es ver a\u00fan las mesas, estanter\u00edas y, \u00bfpor qu\u00e9 no decirlo?, suelos de nuestros juzgados y tribunales llenos \u00aba rebosar\u00bb de aut\u00e9nticas columnas de <strong>tomos y tomos de papel que literalmente \u00absepultan\u00bb la agilidad y eficiencia de nuestra Administraci\u00f3n de Justicia<\/strong>. Y es que nuestra Justicia vive a\u00fan en pleno siglo XIX, en cuanto a la gesti\u00f3n de expedientes se refiere.<\/p>\n<p>\u00ab\u00bfPero c\u00f3mo es esto posible &#8211; me dir\u00e9is &#8211; cuando vivimos en la era digital?\u00bb<\/p>\n<p>Pues bien, <strong>\u00a1hasta aqu\u00ed hemos llegado!<\/strong><\/p>\n<p>Una de las grandes novedades de este verano ha sido la <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/aeboe\/consultas\/bases_datos\/doc.php?id=BOE-A-2011-11605\" target=\"_blank\">Ley 18\/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n en la Administraci\u00f3n de Justicia<\/a> (<strong>LUTICAJ<\/strong>).<\/p>\n<p>Precisamente <strong>el segundo proyecto que voy a referir<\/strong>, gracias a la oportunidad que me ha brindado mi buen amigo y profesor <a href=\"..\/..\/javiersanz\/\" target=\"_blank\">Javier Sanz Larruga<\/a> (cuyo blog, <a href=\"..\/..\/javiersanz\/\" target=\"_blank\">Ambiental y Cual recomiendo encarecidamente<\/a> a todos los amantes del Derecho y del Medio Ambiente), <strong>me ha dado la ocasi\u00f3n de estudiar esta ley con cierto detenimiento, a ra\u00edz de la colaboraci\u00f3n en un libro<\/strong>, coordinado por <a href=\"http:\/\/www.um.es\/dereadmv\/julivale\/\" target=\"_blank\">Juli\u00e1n Valero Torrijos<\/a>, que se publicar\u00e1 pr\u00f3ximamente sobre ella.<\/p>\n<p>Pues bien, baste decir que <strong>la LUTICAJ est\u00e1 llamada a acabar con el papel en los procedimientos judiciales<\/strong> por \u201cimperativo legal\u201d, v\u00eda <a href=\"http:\/\/oficinajudicial.justicia.es\/portaloj\/expediente_judicial_electronico\" target=\"_blank\">expediente judicial electr\u00f3nico<\/a>.<\/p>\n<p>Una utop\u00eda, \u00bfno? \u00a1Pues no!<\/p>\n<p>De hecho, el <strong>art\u00edculo 6.3 de la LUTICAJ<\/strong> llega a imponer algo que traer\u00e1 mucha cola en los pr\u00f3ximos a\u00f1os:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px\"><em>\u201cLos <strong>profesionales de la justicia<\/strong>, en los te\u0301rminos previstos en la presente Ley, <strong>tienen el deber de utilizar los medios electro\u0301nicos<\/strong>, las aplicaciones o los sistemas establecidos por las Administraciones competentes en materia de justicia, respetando en todo caso las garanti\u0301as y requisitos previstos en el procedimiento que se trate.\u201d<\/em><\/p>\n<p>Es decir, no es una opci\u00f3n ni una \u201crecomendaci\u00f3n encarecida\u201d sino <strong>una verdadera obligaci\u00f3n de usar las nuevas tecnolog\u00edas para todos los profesionales de la justicia<\/strong> (l\u00e9ase: jueces, secretarios judiciales, oficiales, as\u00ed como abogados y procuradores, entre otros). Sin duda, traer\u00e1 cola y obligar\u00e1 a un <strong>esfuerzo extraordinario de formaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n de un colectivo afectado en ocasiones con una gran \u201cbrecha digital\u201d<\/strong> en su \u00e1mbito laboral diario.<\/p>\n<p>Esto es una verdadera revoluci\u00f3n para un \u00e1mbito tradicionalmente muy ajeno a la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p><strong>\u00bfY el plazo?<\/strong> \u00a1Pues lo cierto es que la Ley es muy taxativa al respecto! La Disposici\u00f3n Adicional Segunda de la LUTICAJ dispone lo siguiente:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px\"><em>\u201cPara garantizar la efectividad del derecho a la tutela judicial reconocida en el arti\u0301culo 24 de la Constitucio\u0301n, en el <strong>plazo de cinco an\u0303os<\/strong> desde la entrada en vigor de esta Ley las Administraciones con competencia en materia de Administracio\u0301n de Justicia dotara\u0301n a las oficinas judiciales y fiscali\u0301as de sistemas de gestio\u0301n procesal que permitan la tramitacio\u0301n electro\u0301nica de los procedimientos.\u201d<\/em><\/p>\n<p>De nuevo, <strong>no hay opci\u00f3n<\/strong>. A diferencia de la <em><a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2007\/06\/23\/pdfs\/A27150-27166.pdf\" target=\"_blank\">Ley 11\/2007, de 22 de junio, de acceso electr\u00f3nico de los ciudadanos a los Servicios P\u00fablicos<\/a><\/em> (LAE), en la que se pon\u00eda la salvaguarda de <em>\u00absiempre que lo permitan sus disponibilidades presupuestarias\u00bb<\/em> que permit\u00eda dilatar los plazos de aplicaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n Electr\u00f3nica en las AA.PP., <a href=\"..\/2009\/12\/16\/administracion-electronica-ya\/\" target=\"_blank\">tal y como comentamos en su d\u00eda<\/a>, lo cierto es que la presente Ley no admite excusas de este tipo.<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe har\u00e1 realidad la Justicia Electr\u00f3nica antes del 2016?<\/strong><\/p>\n<p>Con mucha ilusi\u00f3n por nuestra parte, habr\u00e1 que esperar y ver&#8230;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Quiero destacar dos proyectos en los que hemos tenido la fortuna de colaborar estos \u00faltimos meses, ambos relacionados con la nueva Justicia Electr\u00f3nica.<br \/>\nEl primero, para la difusi\u00f3n de la nueva realidad digital y de las buenas pr\u00e1cticas en prueba electr\u00f3nica en el \u00e1mbito judicial gracias al CPETIG y a la Xunta de Galicia, mediante seminarios cuyo objetivo principal es explicar y familiarizar a profesionales de la justicia con la nueva realidad tecnol\u00f3gica y con c\u00f3mo enfrentarse a ella en los procedimientos judiciales.<br \/>\nY es que uno de los tres poderes del Estado ha quedado escandalosamente a la cola en la asimilaci\u00f3n de las nuevas tecnolog\u00edas en su funcionamiento ordinario. La imagen m\u00e1s patente de ello: tomos y tomos de papel que literalmente \u00absepultan\u00bb la agilidad y eficiencia de nuestra Administraci\u00f3n de Justicia.<br \/>\n\u00a1Hasta aqu\u00ed hemos llegado!<br \/>\nEl segundo proyecto que voy a referir, la colaboraci\u00f3n en un libro gracias a Javier Sanz Larruga y a Juli\u00e1n Valero Torrijos, me ha dado la ocasi\u00f3n de estudiar la nueva Ley 18\/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n en la Administraci\u00f3n de Justicia (LUTICAJ). Esta ley est\u00e1 llamada a acabar con el papel en los procedimientos judiciales. Su art\u00edculo 6.3 establece una verdadera obligaci\u00f3n de usar las nuevas tecnolog\u00edas para todos los profesionales de la justicia, que requerir\u00e1 de un esfuerzo extraordinario de formaci\u00f3n y adaptaci\u00f3n de un colectivo afectado en ocasiones con una gran \u201cbrecha digital\u201d.<br \/>\n\u00bfEl plazo? 5 a\u00f1os sin opci\u00f3n de pr\u00f3rroga o excusas.<br \/>\n\u00bfSe har\u00e1 realidad la Justicia Electr\u00f3nica antes del 2016? Lo veremos.<\/p>\n","protected":false},"author":180,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0,"footnotes":""},"categories":[7840,9167],"tags":[247883,7839,211292,3351,9172,211596,766],"class_list":["post-1622","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-administracion-electronica","category-eventos","tag-administracion-electronica","tag-documento-electronico","tag-expediente-electronico","tag-justicia","tag-pericial-forense","tag-proceso-digital","tag-seguridad"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1622","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/users\/180"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1622"}],"version-history":[{"count":19,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1622\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1636,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1622\/revisions\/1636"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1622"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1622"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1622"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}