{"id":1288,"date":"2011-01-20T08:14:34","date_gmt":"2011-01-20T06:14:34","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/?p=1288"},"modified":"2013-05-27T12:25:32","modified_gmt":"2013-05-27T11:25:32","slug":"puedo-borrar-mis-datos-de-google","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/2011\/01\/20\/puedo-borrar-mis-datos-de-google\/","title":{"rendered":"\u00bfPuedo borrar mis datos de Google?"},"content":{"rendered":"<p><strong>Todos tenemos un pasado<\/strong>. Alg\u00fan d\u00eda, fuimos j\u00f3venes (los m\u00e1s afortunados, a\u00fan lo sois) y cometimos alguna que otra \u201clocura\u201d que no quedar\u00eda bien en un curriculum vitae al uso.<\/p>\n<p>Normalmente, dichas locuras quedan simplemente en el recuerdo o en alguna que otra vieja fotograf\u00eda que ha sobrevivido a sucesivas \u201cpurgas\u201d en alg\u00fan \u00e1lbum perdido en el trastero.<\/p>\n<div id=\"attachment_1297\" style=\"width: 586px\" class=\"wp-caption alignnone\"><a href=\"http:\/\/commons.wikimedia.org\/wiki\/File:Shame.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-1297\" class=\"size-full wp-image-1297 \" src=\"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/files\/2011\/01\/shame.jpg\" alt=\"Foto bajo CC por Libertinus Yomango\" width=\"576\" height=\"384\" srcset=\"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/files\/2011\/01\/shame.jpg 576w, https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/files\/2011\/01\/shame-m.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 576px) 100vw, 576px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-1297\" class=\"wp-caption-text\">Foto bajo CC por Libertinus Yomango<\/p><\/div>\n<p>Lo s\u00e9, hoy en d\u00eda (me dir\u00e9is) esa foto puede estar en <a href=\"http:\/\/www.facebook.com\/\" target=\"_blank\">Facebook<\/a> o su v\u00eddeo en <a href=\"http:\/\/www.youtube.com\/\" target=\"_blank\">Youtube<\/a> para escarnio y verg\u00fcenza de su protagonista. Esto es cierto, pero de ello <a href=\"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/2010\/04\/06\/cuantos-amigos-tienes-en-tu-red-social-cuidado-si-tienes-demasiados-se-te-aplica-la-lopd\/\" target=\"_blank\">ya hemos hablado<\/a> y hablaremos otro d\u00eda.<\/p>\n<p>Lo que ahora me preocupa es <strong>qu\u00e9 pasa con aquellos casos en los que la informaci\u00f3n en cuesti\u00f3n se publica en un medio que<\/strong>, por su misma esencia,<strong> no puede alterar su contenido<\/strong>: Me refiero a un <strong>bolet\u00edn oficial o a un medio de comunicaci\u00f3n<\/strong> cuyas rese\u00f1as no se pueden eliminar una vez publicadas (salvo en lo referente a la v\u00eda de \u201c<a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2007\/03\/07\/pdfs\/A09634-09634.pdf\" target=\"_blank\">correcci\u00f3n de errores<\/a>\u201d).<\/p>\n<p>Esto es un caso muy habitual: imaginemos que nos ponen una <strong>multa por exceso de velocidad o por orinar en la calle<\/strong>. \u00bfQu\u00e9 ocurre con todas esas multas que no hemos ido a recoger a correos? Pues que acaban public\u00e1ndose en el Bolet\u00edn Oficial correspondiente (Generalmente el BOP) y, aunque la paguemos o la recurramos e, incluso, la ganemos, lo cierto es que ya nunca se podr\u00e1 eliminar de all\u00ed.<\/p>\n<p>Obviamente, <strong>esto no supon\u00eda un problema hace 10 a\u00f1os: \u00bfQui\u00e9n se iba a leer un Bolet\u00edn Oficial perdido en una estanter\u00eda?<\/strong> En este sentido, nuestra \u201cdignidad y privacidad\u201d estaban a salvo.<\/p>\n<p>Sin embargo, <strong>hoy en d\u00eda todos los Boletines Oficiales ya tienen su versi\u00f3n electr\u00f3nica<\/strong> y, gracias a la \u201cmagia\u201d de los buscadores modernos, <strong>ese antiguo \u201cdato perdido\u201d en una estanter\u00eda aparece destacado cuando alguien simplemente busca nuestro nombre completo en Google<\/strong>.<\/p>\n<p>Por tanto, <strong>el problema<\/strong> no es tanto que el BOP haya publicado algo sobre nosotros sino <strong>que Google lo haya indexado y destacado de modo tan penosamente eficiente<\/strong>. Atacando, en definitiva, tanto a nuestra privacidad como a nuestro honor.<\/p>\n<p>Desgraciadamente, no s\u00f3lo se publican multas en los Boletines: hay casos m\u00e1s graves a\u00fan, como la <strong>declaraci\u00f3n de determinadas incapacidades<\/strong> o, incluso, la concesi\u00f3n de un <strong>indulto de una condena previa por un delito cometido hace a\u00f1os<\/strong> y que no puede constar ya como antecedente penal en el registro oficial.<\/p>\n<p>Lo cierto es que, <a href=\"http:\/\/www.agpd.es\/portalwebAGPD\/revista_prensa\/revista_prensa\/2008\/noticias\/common\/01-enero\/22\/el_pais.pdf\" target=\"_blank\">desde que se dieran los primeros casos<\/a>, ya se han planteado <a href=\"http:\/\/www.publico.es\/ciencias\/356766\/los-93-que-no-quieren-aparecer-en-google\" target=\"_blank\">un centenar de este tipo ante la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD)<\/a> reclamando <strong>que dichos datos sean eliminados, no ya de sus fuentes originales, sino del propio buscador Google<\/strong>. Dichos casos, han sido <strong>resueltos por la AEPD<\/strong> en el sentido de solicitar a Google la retirada de dichas referencias.<\/p>\n<p>Sin ir m\u00e1s lejos, <a href=\"http:\/\/www.elmundo.es\/elmundo\/2011\/01\/17\/navegante\/1295262222.html\" target=\"_blank\">ayer se han visto en la Audiencia Nacional los primeros 5 casos<\/a> ante la <strong>repetida negativa de Google a eliminar dichos enlaces de su sistema<\/strong>.<\/p>\n<p>Lo que est\u00e1 en juego es el reconocimiento efectivo del, tan tra\u00eddo y llevado, <strong><a href=\"http:\/\/www.elpais.com\/articulo\/opinion\/derecho\/olvido\/Internet\/elpepuopi\/20091023elpepiopi_5\/Tes\" target=\"_blank\">derecho al olvido<\/a> de nuestros datos en Internet<\/strong>.<\/p>\n<p>Los <strong>argumentos de Google<\/strong> son, en resumen, los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Que los contenidos no son suyos<\/strong> y, por tanto, no les compete a ellos su eliminaci\u00f3n sino al responsable de su introducci\u00f3n en la Red; y<\/li>\n<li><strong>Que es t\u00e9cnicamente inviable<\/strong> impedir que dicho enlace vuelva a aparecer debido a que sus sistema se alimenta de \u201crobots\u201d autom\u00e1ticos que constantemente rastrean la Red e, indefectiblemente, volver\u00e1n a enlazar ese contenido de nuevo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Por el contrario, la <strong>AEPD argumenta que<\/strong>, si bien <strong>Google<\/strong> no es el responsable de dichos contenidos, <strong>act\u00faa no s\u00f3lo como un mero intermediario sino como un \u201cfacilitador\u201d<\/strong> decisivo en el acceso a los mismos y, por tanto, debe responder.<\/p>\n<p>A mayor abundamiento y en este sentido, la <em><a href=\"http:\/\/www.boe.es\/aeboe\/consultas\/bases_datos\/doc.php?id=BOE-A-2002-13758\" target=\"_blank\">Ley 34\/2002, de 11 de julio, de Servicios de Sociedad de la Informaci\u00f3n y de Comercio Electr\u00f3nico<\/a><\/em> (<strong>LSSI<\/strong>) dispone que, si bien el prestador intermediario no tiene responsabilidad, a priori, por los contenidos ajenos, <strong>s\u00ed se convierte en responsable si, teniendo conocimiento efectivo de que lesionan derechos de terceros, no act\u00faa para suprimir o neutralizar el enlace correspondiente<\/strong>. As\u00ed lo dispone textualmente su <em>art\u00edculo 17.1<\/em>:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px\"><em>\u201cLos prestadores de servicios de la sociedad de la informaci\u00f3n que faciliten enlaces a otros contenidos o incluyan en los suyos directorios o instrumentos de b\u00fasqueda de contenidos no ser\u00e1n responsables por la informaci\u00f3n a la que dirijan a los destinatarios de sus servicios, siempre que:<\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px\"><em> a- <\/em><em>No tengan <strong>conocimiento efectivo<\/strong> de que la actividad o la informaci\u00f3n a la que remiten o recomiendan es il\u00edcita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnizaci\u00f3n, o<\/em><br \/>\n<em><\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 60px\"><em> b- <\/em><em>Si lo tienen, <strong>act\u00faen con diligencia para suprimir o inutilizar el enlace correspondiente<\/strong>.<\/em><br \/>\n<em><\/em><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px\"><em>Se entender\u00e1 que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el p\u00e1rrafo a cuando un \u00f3rgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesi\u00f3n, y el prestador conociera la correspondiente resoluci\u00f3n, sin perjuicio de los procedimientos de detecci\u00f3n y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.\u201d<\/em><\/p>\n<p>En este caso, se entender\u00eda que <strong>Google asumir\u00eda una responsabilidad por no eliminar dichos enlaces <\/strong>despu\u00e9s de haber tenido conocimiento efectivo de su lesi\u00f3n del derecho a la protecci\u00f3n de datos y del honor de las personas <strong>mediante su notificaci\u00f3n por parte de la AEPD<\/strong>.<\/p>\n<p>Habr\u00e1 que estar atentos a las sentencias firmes que se produzcan en el futuro inmediato sobre este asunto.<\/p>\n<p>Como hemos apuntado, <strong>el derecho al olvido en Internet est\u00e1 ahora en juego en nuestros tribunales<\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Actualizaci\u00f3n:<\/strong><\/p>\n<p>Enlace de inter\u00e9s:<\/p>\n<p>Servicio de Reputaci\u00f3n Online de Pintos &amp; Salgado Abogados: <a href=\"http:\/\/pintos-salgado.com\/servicio-reputacion-online\/\" target=\"_blank\">http:\/\/pintos-salgado.com\/servicio-reputacion-online\/<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todos tenemos un pasado. Tenemos derecho a pedir la cancelaci\u00f3n de nuestros datos, pero \u00bfqu\u00e9 pasa con aquellos casos en los que la informaci\u00f3n se publica en un medio que no puede alterar su contenido: un bolet\u00edn oficial o a un medio de comunicaci\u00f3n?<br \/>\nEsto no supon\u00eda un problema hace 10 a\u00f1os: \u00bfQui\u00e9n se iba a leer un Bolet\u00edn Oficial perdido en una estanter\u00eda? Pero hoy en d\u00eda todos los Boletines Oficiales y medios ya tienen su versi\u00f3n electr\u00f3nica y ese antiguo \u201cdato perdido\u201d en una estanter\u00eda aparece destacado cuando alguien simplemente busca nuestro nombre completo en Google.<br \/>\nEl problema radica en que Google lo haya indexado y destacado de modo tan penosamente eficiente.<br \/>\nLa Agencia de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD) ya ha conocido un centenar de casos para que los datos personales sean eliminados, no de sus fuentes originales, sino del propio buscador Google.<br \/>\nLos primeros casos se litigan ya en la Audiencia Nacional, ante la negativa de Google de eliminar sus enlaces y referencias.<br \/>\nEl derecho al olvido en Internet est\u00e1 ahora en juego en nuestros tribunales. \u00bfQui\u00e9n ganar\u00e1? \u00bfPerderemos todos?<\/p>\n","protected":false},"author":180,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0,"footnotes":""},"categories":[7927,7122],"tags":[7128,7197,10981,10983,7020,40,3310,247884,8264,7022,247878,10977,10982],"class_list":["post-1288","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-libertad-de-informacion","category-proteccion-de-datos","tag-aepd","tag-datos-personales","tag-derecho-al-honor","tag-derecho-al-olvido","tag-derechos-de-los-contenidos","tag-internet","tag-ley","tag-libertad-de-informacion","tag-lopd","tag-privacidad","tag-proteccion-de-datos","tag-reputacion-online","tag-responsabilidad-de-buscadores"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1288","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/users\/180"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1288"}],"version-history":[{"count":18,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1288\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1306,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1288\/revisions\/1306"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1288"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1288"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blogs.lavozdegalicia.es\/victorsalgado\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1288"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}