La Voz de Galicia
Sobre lo ambientalmente correcto, lo sostenible e insostenible y otras inquietudes acerca del estado del planeta Tierra
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En el Consejo de Ministros del pasado viernes, frente a la sombría y estresante tónica a que nos tiene acostumbrado este órgano del Gobierno en los últimos meses, se anuncia la aprobación del proyecto de Ley para la declaración del Parque Nacional de las Cumbres de la Sierra de Guadarrama. Si las Cortes Españolas lo aprueban será el quinto mayor espacio protegido de la Red de Parques Nacionales y el decimoquinto que se declare, con 33.664 hectáreas ubicadas en las Comunidades de Madrid y de Castilla y León. Por lo tanto, se trata de una buena noticia –no todo van a ser recortes- ya que se amplia en nuestro país la superficie de los espacios protegidos; además de una zona de alta montaña (ya conocéis mi debilidad por estos ecosistemas), con centenares de especies vegetales y animales de gran valor ecológico (como, por ejemplo, el águila imperial y la cigüeña negra, ambas en peligro de extinción).

Por cierto que, según el informe “Perfil ambiental de España 2011” que acaba de presentar, el pasado lunes, el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente,  en España los Espacios Naturales Protegidos (1.557 terrestres y marinos) representan el 12,41% de la superficie terrestre total, mientras que la Red Natura 2000 -formada tanto por los Lugares de Importancia Comunitaria (LICs) como por las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPAs)- alcanza el 27,83 de la superficie terrestre total.

Esta noticia nos permite abordar aquí, muy brevemente, una muy relevante distinción en el régimen jurídico de protección de los Espacios Naturales Protegidos –recogido en la Ley básica estatal 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (que, a su vez es transposición a nuestro ordenamiento interno de la famosa Directiva Hábitats, fundamento de la Red Natura 2000). Pues bien, una cosa es la declaración de un “espacio natural protegido” conforme a una de las muchas figuras de protección –estatales y autonómicas e incluso locales- que prevé la normativa (parques, reservas, áreaas marinas protegidas, monumentos naturales, humedales de importancia internacional, sitios naturales, geoparques, reservas de la biosfera, etc.); y otra cosa son las medidas de protección –planes de ordenación, planes de gestión, planes de majeno, zonas de protección, áreas de influencia, y un sinfín de instrumentos de protección que deben de implementarse tras la declaración.

La cruda realidad es que, en nuestro país al menos, la mayor parte de los espacios naturales protegidos así declarados por las autoridades competentes, carecen todavía de eficaces medidas para su protección y gestión que el citado régimen jurídico comunitario de protección de la biodiversidad exige aplicar. En este sentido,  la organización ecologista Océana acaba de denunciar que el plazo fijado por la Directiva Hábitats para la designar las Zonas de Especial Conservación (ZECs) –en que han de convertirse los actuales LICs- acaba el próximo 21 de septiembre y casi ninguno (al menos en las áreas marinas) ha sido confirmado en España, Francia y Grecia, con el consiguiente riesgo de sanción de la Unión Europea por incumplimiento de dichas obligaciones.

Si queremos detener la pérdida de la biodiversidad no basta con declarar muchos espacios naturales protegidos, sino que hay que comprometerse en aplicar las correspondientes medidas de protección (planificación de los usos, programas de gestión, vigilancia, etc.). Y, esta dirección, confiemos que el Congreso Mundial de la Naturaleza de la UICN -que se está celebrando estos días en Jeju (República de Corea)- aporte interesantes soluciones a los muchos retos e incertidumbre que ofrece hoy la gobernanza y protección de la biodiversidad. Ojalá se confirme en apartado 5º de la propuesta de Declaración de Jeju para una nueva era de conservación, sostenibilidad y soluciones basadas en la naturaleza: “Existe una creciente evidencia de que la conservación funciona, y por lo tanto aumentaremos la escala de las acciones en la tierra y en el mar a través de grandes esfuerzos de conservación con fines precisos. En particular, aseguraremos que las áreas protegidas estén bien gestionadas; estableceremos programas de recuperación de especies; adoptaremos medidas para restaurar y rehabilitar los hábitats; reforzaremos los programas de cría en cautividad con fines de conservación; y reduciremos la sobre explotación de los recursos naturales”.