La Voz de Galicia
Sobre lo ambientalmente correcto, lo sostenible e insostenible y otras inquietudes acerca del estado del planeta Tierra
Seleccionar página

2005hotelGracias a mi buen amigo José Manuel MARRACO, incansable abogado defensor de Greenpeace-España, he podido acceder al texto de una de las recientes sentencias de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, dictadas el pasado 10 de febrero sobre el caso de “El Algarrobico”. No una sino ¡cuatro! terminantes pronunciamientos de la más alta instancia judicial –favorables a las pretensiones de la citada asociación ecologista y de la Junta de Andalucía, y desestimatorias de los recursos presentados por la entidad mercantil “Azata”- deberían poner ya el punto final a uno de los más increíbles galimatías judiciales del contencioso ambiental de los últimos decenios en nuestro país.

El fantasmagórico hotel “Azata” construido, a partir del año 2003, en el lugar conocido como “El Algarrobico”, perteneciente al término municipal de Carboneras del litoral almeriense y en pleno corazón del bello Parque Natural de Cabo de Gata Níjar, ha requerido más de veinte decisiones de diferentes órganos e instancias judiciales (contrarias mayoritariamente a su existencia) para obtener una terminante y definitiva declaración sobre su ilegalidad. Si bien, ahora queda pendiente su ejecución, es decir, su derribo y la reposición del terreno en el que se asienta la instalación turística a su situación natural anterior.

La noticia merece celebrarse por cuanto que, a nuestro juicio, marca el fin de una etapa –que el gran maestro Ramón MARTÍN MATEO denominó “de la gallina de los huevos de cemento”- que acabó, en el fragor de la crisis económica, con la trágica “burbuja inmobiliaria” y de la que el Hotel del Algarrobico constituía un triste ejemplo de ese urbanismo salvaje e invasor de las zonas costeras. Pero, al mismo tiempo, el “non-nato” hotel “Azata” ha sido todo un símbolo de la lucha para salvar el litoral del tsunami enladrillador que ha dominado nuestras costas. Además, este edificio era el primero de los ocho hoteles inicialmente planificados en el Cabo de Gata.pic-20121116065022S0358P5

Por tal motivo, hay que dar la enhorabuena a todos aquellos que han luchado, contra el viento y marea, sorteando los recovecos y requiebras procesales de este pleito. Mi sentida enhorabuena pues: primero al Juez Jesús RIVERA quien, al comienzo de este “culebrón”, a principios de 2006 paralizó las obras del hotel y en septiembre de 2008 declaró ilegal su licencia de obras; a la asociación Greenpeace que trabajado con tesón en los tribunales y sobre el terreno; a la Asociación Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense, que ha sabido promover una amplia campaña en la opinión pública.

Desgraciadamente persisten todavía en España otros “Algarrobicos” que, o bien esperan una decisión judicial declaratoria de su ilegalidad o bien que, aún contando con un pronunciamiento palmario, todavía no han logrado ejecutarse definitivamente. La lista es interminable: el hotel Talaso en Oia o el hotel Playa Canelas en Sanxenso, ambos en Galicia; el hotel de Dunas de Corralejo en la isla de Fuerteventura y el hotel Médano en Granadilla en Tenerife; la depuradora de aguas residuales de Vuelta Ostrera en Suances y varios centenares de viviendas –con sentencias de demolición- en Cantabria; incluso, fuera del litoral, el caso del complejo de lujo de la Marina de la Isla de Valdecañas en el embalse del mismo nombre en Cáceres…

El caso del “Algarrobico” constituye un importante y simbólico hito de esa “lucha por el Derecho” que tenemos por adelante en la defensa del medio ambiente y de la ordenación integral del litoral. Incluso la reforma de la Ley de Costas de 1988 -operada por la escasamente proteccionista Ley 2/2013– incluyó en su art. 119,2 una habilitación al Delegado del Gobierno para, a instancias del Ministro de Medio Ambiente, “suspender los actos y acuerdos adoptados por las entidades locales que afecten a la integridad del dominio público marítimo terrestre o de la servidumbre de protección”, que se ha denominado “claúsula anti-Algarrobico”. Un norma que, por cierto, acaba de ser validada por el Tribunal Constitucional (en su Sentencia 6/2016 de 21 de enero de 2016 en la que se rechaza el recurso presentado por la Junta de Andalucía contra la citada reforma de la Ley de Costas) declarando que «resulta constitucionalmente legítima» la intervención de un órgano estatal a través de un mecanismo cautelar y extraordinario, cuando el acto local afectado por la medida de suspensión pueda comprometer la integridad del demanio, la preservación de sus características naturales o su libre utilización pública y gratuita…”.

85287_137316Tanto en el caso de “El Algarrobico” como en muchos de los otros supuestos similares se da la circunstancia de que, junto con la ejecución por parte de los promotores privados de las construcciones declaradas ilegales, concurren las actuaciones favorables de las entidades locales y, al menos, la desidia o inactividad del resto de las Administraciones –autonómicas y/o estatales-. Por tal motivo, en tales casos es muy valiosa la actuación de la sociedad civil (particulares concienciados, asociaciones ecologistas, etc.) para evitar la impresentable impunidad de dichas conductas.

Como siempre, sin descuidar la necesaria labor de depuración de los órganos judiciales frente a actuaciones –públicas y privadas- arbitrarias y contrarias al ordenamiento jurídico, insistimos aquí en la importancia de las medidas preventivas. No en vano, la demolición del hotel “Azata” y la restauración de la zona tiene un coste valorado en más de siete millones de euros y, a la espera de la ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo aquí comentada, es muy posible que dichas tareas tengan que realizarse conjuntamente por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Junta de Andalucía, y por lo tanto, con cargo a los dineros de los contribuyentes.

Al final, sólo nos queda gritar, alto y claro, en nuestra lengua gallega, “Algarrobicos” ¡Nunca máis!