La Voz de Galicia
Sobre lo ambientalmente correcto, lo sostenible e insostenible y otras inquietudes acerca del estado del planeta Tierra
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El día no podía ser más oportuno. Ayer sábado celebramos “la hora del Planeta”, una iniciativa promovida en todo el Planeta por World Wide Fund (WWF) en todo el mundo que nos animaba a efectuar un “apagón eléctrico voluntario” como acción simbólica para concienciar a la sociedad  acerca de la necesidad de adoptar medidas frente al cambio climático, y, entre otras ahorrar un poco de energía eléctrica.

Justamente en las últimas semanas hemos tenido conocimiento a través de los medios de comunicación de otro tipo de apagón eléctrico pero involuntario, como el que se describe en el interesante Informe elaborado por la Asociación de Ciencias Ambientales” (ACA) sobre “Pobreza Energética en España”, subtitulado “Potencial de generación de empleo derivado de la rehabilitación energética de viviendas”, fechado, no obstante, el año 2012. Las informaciones periodísticas acerca de este Informe son ya de sobra conocidas: “el 17% de los hogares españoles –o lo que es equivalente, siete millones personas en España- tienen dificultades para pagar las facturas de la energía eléctrica, al verse obligados a destinar más del 10% de sus ingresos a tal fin”. Y, como es lógico, esta situación de “pobreza energética” ha ido subiendo en los últimos años desde el comienzo de la crisis económica. Estos datos sitúan a España en el “cuarto país de la Unión Europea con más personas incapaces de mantener una temperatura adecuada en sus hogares” (de un total de 54 millones de personas afectadas en toda Europa).

No quiero pensar los devastadores efectos que puede tener la actual crisis de Crimea y el cierre de las infraestructuras energéticas rusas que pasan por Ucrania. No sería la primera vez que en algunos países del este de Europa, en lo más crudo del invierno, han muerto de frío personas sumidas en tal situación de pobreza energética.

Parémonos a pensar un momento lo esencial que es para el ser humano en nuestras sociedades occidentales el acceso a la energía eléctrica. Por ejemplo, ¿aguantaríamos con normalidad unas horas sin estar conectados a internet o sin poder hacer uso de nuestros “smartphone”?

Y lo que hubiera sido el colmo es la enorme subida en las tarifas eléctricas que estaba prevista a comienzos de este año 2014 en España que, según el sector eléctrico, era la justa compensación al famoso “déficit tarifario”. En el estudio de ACA –que tiene el mérito de haber puesto de manifiesto, por primera vez en España la existencia en nuestro país de la referida modalidad de pobreza- se llega incluso cuantificar la tasa de mortalidad que puede estar vinculada con la probreza energética y, se estima que puede ser responsable de entre 2.300 y 9.000 muertes en España, una cifra que es más elevada que la actual de víctimas mortales por accidentes de tráfico en carretera (1.480 personas en 2011).

¿Qué soluciones se ofrecen para combatir esta dañina forma de pobreza energética? Con la aprobación de las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y el gas, la Unión Europea instaba a los Estados miembros a desarrollar “planes de acción nacionales u otros marcos adecuados para luchar contra la pobreza energética, a fin de reducir el número de personas que padecen dicha situación”. 

Desde mediados del 2009 se puso en marcha en España el llamado “bono social”, una medida de carácter social diseñada para favorecer determinados colectivos vulnerables (pensionistas, familias numerosas, hogares con todos su miembros en paro) que implicaba la congelación de la llamada “tarifa de último recurso”. No obstante, la continuidad de esta medida dependía de la disponibilidad de recursos públicos lo cual resulta incierto en estos momentos de múltiples recortes en los presupuestos públicos. Más recientemente, el Real Decreto-Ley 9/2013 por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico establece que el “bono social” será considerado –en aplicación de la referica Directiva 2009/72/CE- una “obligación de servicio público”.

La nueva Ley 24/2013 del Sector Eléctrico dedica el artículo 45 a los “consumidores vulnerables” –pequeños consumidores de electricidad, circunscritos a las personas físicas en su vivienda habitual, cuyos requisitos se determinarán reglamentariamente- a los que se reconoce el citado “bono social” y con el definitivo reconocimiento de la señalada “obligación de servicio público”.

Junto al “bono social”, en el Informe que comentamos, la ACA subraya la importancia que para combatir la pobreza energética tendria en España la rehabilitación de viviendas, que, a su vez, podría constituir una palanca para la generación de empleo. “la pobreza energética –concluye el Informe- suma un argumento clave a los objetivos tradicionales –ambientales y económicos– de la mejora de la eficiencia energética de los edificios residenciales. En España, la rehabilitación energética de viviendas no solo contribuye a reducir emisiones y la dependencia energética y a crear empleo. También permite que los hogares con menos recursos disfruten de un confort térmico adecuado en su vivienda, lo que se traduce en mayores niveles de bienestar y consumo de otros bienes y servicios, mejores condiciones de habitabilidad de la vivienda, menor riesgo de impago y desconexión y por supuesto también permite reducir el riesgo de mortalidad prematura y enfermedades asociado a la pobreza energética”.

En realidad estos objetivos ya están legalmente definidos en la importante Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, aprobada en la presente legislatura y promovida por el actual Gobierno. Entre sus “fines comunes de las políticas públicas para un medio urbano más sostenible, eficiente y competitivo” se encuentra el de “priorizar las energías renovables frente a la utilización de fuentes de energía fósil y combatir la probreza energética con medidas a favor de la eficiencia y el ahorro energético” (artículo 3, h).  Y, más adelante, se establece en su artículo 9º: Las Administraciones Públicas adoptarán medidas que aseguren la realización de las obras de conservación, y la ejecución de actuaciones de rehabilitación edificatoria, de regeneración y renovación urbanas que sean precisas y, en su caso, formularán y ejecutarán los instrumentos que las establezcan, cuando existan situaciones de insuficiencia o degradación de los requisitos básicos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad de las edificaciones; obsolescencia o vulnerabilidad de barrios, de ámbitos, o de conjuntos urbanos homogéneos; o situaciones graves de pobreza energética”.

Qué maravilloso sería que las buenas leyes –como la que acabamos de citar- se aplicaran pero, como siempre, es cuestión de voluntad politica. Este es un caso, a mi juicio, de elemental justicia social.